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¿Qué se exige para la reapertura de viviendas turísticas en la fase 1?

Por 18/05/2020agosto 10th, 2020Covid-19, Información práctica

 

En la fase 1 de la desescalada, la prioridad para la reapertura de viviendas turísticas será cumplir con lo dispuesto en la orden SND/399/2020 de flexibilización de restricciones. 

Es conveniente asimismo  ir preparándose para cumplir con los requerimientos propuestos por el ICTE (Instituto para la Calidad Turística Española). En este caso se trata de protocolos y recomendaciones con voluntad de homogeneizar las medidas de seguridad frente al Covid-19. 

Por tanto, solo es exigible en esta fase el cumplimiento de lo dispuesto en los siguientes párrafos extraídos de la orden ministerial. 

Protocolos y medidas de seguridad e higiene para la reapertura de viviendas turísticas

Actualizado: Ya existe un protocolo específico publicado por el Ministerio de Sanidad.

Es importante resaltar que la orden ministerial no se cita textualmente el término ‘viviendas turísticas’. Debe entenderse que estas quedan representadas por el término amplio de ‘alojamientos turísticos’.

Por otra parte, hemos decidido extraer aquellas normas que pueden ser de aplicación directa en la reapertura de viviendas turísticas, dejando a un lado aquellas que son fácilmente identificables únicamente con la industria hotelera.

Es responsabilidad de cada propietario o gestor informarse de manera exacta y corroborar qué medidas son de obligada aplicación en su caso.  

BOE – Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.

Artículo 45. Medidas de higiene y/o prevención exigibles a los hoteles y alojamientos
turísticos.

1. Deberán existir carteles informativos en los idiomas más habituales de los clientes exponiendo las condiciones restrictivas de uso de las instalaciones y las normas de higiene a observar en relación con la prevención de contagios.

2. En las zonas de recepción o conserjería deberá garantizarse la debida separación de dos metros entre trabajadores y con los clientes. Cuando no se pueda mantener la distancia de seguridad, se deberán utilizar los equipos de protección adecuados al nivel de riesgo. NOTA:  En el caso de viviendas turísticas hablaríamos del momento en el que se efectúa el check-in en la propia vivienda.

3. Se realizará la correspondiente desinfección de objetos tras su manipulación por el cliente o entre trabajadores y se dispondrá geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad virucida autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad y desinfectante de superficies.

4. Para las unidades de alojamiento se dispondrá de un procedimiento documentado de limpieza, de acuerdo con las medidas generales de prevención e higiene frente al COVID-19 indicadas por las autoridades sanitarias, incluyendo los procedimientos de reposición y retirada de residuos de los alojamientos, en caso de ofrecerse estos servicios, y el acondicionamiento de habitaciones o viviendas tras la salida del cliente y en donde se concrete para cada elemento a limpiar en una unidad de alojamiento, el orden en el que se deberá hacer, y el material y el producto químico a utilizar, el equipo de protección adecuado al nivel de riesgo a emplear en cada tarea, y procesado del material y producto de limpieza tras su uso.

5. Previa apertura del establecimiento será necesario realizar una limpieza de las instalaciones, incluyendo zonas de paso, zonas de servicio, habitaciones, parcelas y viviendas.

Se limpiarán y desinfectarán al menos cada dos horas durante sus correspondientes periodos de uso todos los objetos y superficies de las zonas de paso susceptibles de ser manipuladas o contaminadas por diferentes personas, tales como botoneras de ascensores o máquinas, pasamanos de escaleras, tiradores de puertas, timbres, grifos de lavabos compartidos.

NOTA:  En el caso de viviendas turísticas no es factible hacerlo cada dos horas. La responsabilidad de cada huésped y las normas de la comunidad y su limpieza deberían primar.

Cerraduras inteligentes para la reapertura de viviendas turísticas tras el covid-19

El uso de cerraduras inteligentes permite disminuir el contacto entre personas en estos momentos.

Artículo 46. Medidas de higiene y/o prevención para los clientes.

1. Deberá garantizarse en todo momento que el cliente esté informado sobre las condiciones restrictivas que le aplicaran en el uso de las instalaciones. Se garantizará que el cliente conoce, antes de la confirmación de la reserva y durante su estancia en el alojamiento (en formato escrito y en idioma comprensible por el cliente), las normas especiales que regirán en el establecimiento.

2. El hotel o alojamiento turístico deberá poner a disposición de los clientes dispensadores de geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad virucida autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad, en todo caso en la entrada del hotel o alojamiento turístico, que deberán estar siempre en condiciones de uso.

Las empresas de limpieza deben contar con un protocolo por escrito.

Medidas para la reducción del contagio por SARS-CoV-2 contenidas en la guía elaborada por el ICTE.

Las medidas contenidas en la guía son de carácter orientativo. Se ha elaborado con hoteles y apartamentos turísticos (AT) en mente. Por eso os dejamos el documento completo e iremos extrayendo aquellas propuestas que puedan inequívocamente aplicarse la reapertura de viviendas turísticas. Como hemos comentado antes, es responsabilidad de cada propietario o gestor informarse a través de fuentes oficiales.

descarga de archivp Descarga la guía oficial  completa en PDF 

 

Requisitos específicos para el área de pisos y limpieza

El área de pisos y limpieza debe utilizar un equipo de protección individual adecuado dependiendo del nivel de riesgo que se considere en cada situación. Como mínimo, el personal debe utilizar mascarilla y guantes.

Se recomienda el cambio de guantes para la limpieza de cada habitación. Tras cada limpieza los materiales empleados y los equipos de protección utilizados se desecharán de forma segura, procediéndose posteriormente al lavado de manos. Se habilitarán cubos con tapa para su depósito y posterior gestión.

Los guantes y mascarillas deben desecharse en función de su vida útil y las condiciones en las que se utilicen. El personal del área de pisos y limpieza no accederá a prestar servicio en las habitaciones mientras permanezca el cliente en su interior, excepto por causa justificada.

En caso de que los servicios aquí descritos estén subcontratados, la empresa principal supervisará que el personal cuenta con los equipos de protección individual necesarios y actúa bajo los procedimientos establecidos.

Medidas informativas

El plan de contingencia, elaborado por el comité de seguridad y salud/gestión, debe ser comunicado a los representantes de los trabajadores (si los hubiere), a los empleados para su adecuada puesta en marcha y mantenimiento, a los proveedores y a los clientes de las medidas que les afecten directamente y que deban aplicar (p.e. uso de mascarilla, lavado de manos, distancia de seguridad, etc.)

El establecimiento debe informar al cliente antes de la confirmación de reserva de las condiciones de servicio y medidas de prevención establecidas, para su aceptación.

En el propio establecimiento, las medidas informativas deben contemplar:

– Cartelería con medidas preventivas implantadas en el centro y pautas a seguir por los clientes.

– Información sobre los centros de asistencia sanitaria, bomberos, policía local y nacional en la zona, con horarios y teléfonos de atención de emergencia y su ubicación.

La cartelería dispuesta debe encontrarse en al menos una lengua extranjera (considerando el país/países de origen de los clientes).

En cuanto a los proveedores de servicios externos del alojamiento, debe informarse a los mismos sobre las medidas en materia de prevención aplicables que se hayan establecido.

Servicio de recepción y acogida

Debe cumplirse con las siguientes medidas preventivas:

Debe determinarse el aforo máximo de la zona de recepción  y establecer las medidas necesarias para asegurar el distanciamiento entre clientes y con los empleados. Si no puede mantenerse la distancia de seguridad con los empleados en recepción, se recomienda la instalación de elementos físicos que aseguren la protección del personal de recepción, de fácil limpieza y desinfección.

Si tampoco se dispone de dichos elementos físicos, el personal debe utilizar mascarilla.

– En la zona de recepción y acogida se debe contar con solución desinfectante.

– Se debe evitar compartir bolígrafos y, en su caso, desinfectar los prestados tras su uso.

– Debe fomentarse el pago con tarjeta u otros medios electrónicos, preferiblemente contactless. Esto es aplicable a todos los servicios del alojamiento.

– Debe desinfectarse el TPV tras cada uso en el que exista contacto.

– En el caso de que existan tarjetas o llaves, éstas deben depositarse en un recipiente con
desinfectante al finalizar la estancia.

Alojamiento

Las habitaciones, de forma específica, deben cumplir con los siguientes requisitos:

– Debe analizarse la reducción de textiles (incluidas alfombras) en la habitación, objetos de
decoración y ammenities para actuar de acuerdo al plan de contingencia definido.

– La papelera del baño debe contar con tapa, doble bolsa y accionamiento no manual.

– Las mantas y almohadas en los armarios deben encontrarse protegidas.

– Si se dispone de secador de pelo, se debe limpiar (incluido el filtro) a la salida del cliente.

– Las perchas, en caso de que no se ofrezcan precintadas, deben ser desinfectadas a la salida del cliente.

Se recomienda eliminar la papelera de la habitación con el fin de que cualquier pañuelo, mascarilla, etc. se concentre en una única papelera con tapa, minimizando los riesgos de transmisión y de manipulación.

Reapertura Viviendas Turísticas, gel hidroalcohólico

El gel hidroalcohólico debe estar siempre disponible.

Recursos para el complimiento de las normas en la reapertura de viviendas turisticas

Los productos virucidas autorizados por el Ministerio de Sanidad son los contenidos en este listado: https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCov-China/documentos/Listado_virucidas.pdf

Material informativo para imprimir y colocar:
https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCov-China/ciudadania.htm

Tipos de mascarillas y su correcto uso: https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCov-China/documentos/030520_GUIA_COMPRA_MASCARILLAS.pdf

Guía para sello o certificado Andalucía Seguro par a alojamientos turísticos: 
https://www.juntadeandalucia.es/organismos/turismoregeneracionjusticiayadministracionlocal/areas/turismo/registro-turismo.html?mc_cid=2910499150

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