Dar de alta tu vivienda en Sevilla como apartamento turístico supone tomar una decisión que podría aumentar la rentabilidad de tu inmueble de manera sustancial, especialmente si está ubicada en algunas de las zonas más próximas a las principales atracciones turísticas de la ciudad (Catedral y Giralda, Alcázar, Plaza de España, ‘Las Setas’, etc).
Si ya has tomado la decisión o estás valorando esta opción, te resumimos todo lo que necesitas para comenzar a ganar dinero con tu apartamento vacacional.
1.¿Cumple mi vivienda con los requisitos para ser un apartamento turístico?
Pese a que de manera general solemos denominar a cualquier vivienda destinada a alquiler a corto plazo como apartamento turístico, en la ley que regula este tipo de alojamientos verás que se refieren a este caso como viviendas con fines turísticos (VFT).
¿Qué diferencia a una VFT de los apartamentos turísticos?
Según el Decreto 28/2016, de 2 de febrero, «Los conjuntos formados por tres o más viviendas de una misma persona titular o explotadora, que estén ubicadas en un mismo inmueble o grupo de inmuebles contiguos o no, siéndoles de aplicación la normativa sobre los establecimientos de apartamentos turísticos, regulados en el Decreto 194/2010, de 20 de abril, de establecimientos de apartamentos turísticos.»
¿Cuándo NO es necesario dar de alta tu vivienda para alquiler vacacional?
Según este mismo decreto, las viviendas contratadas por tiempo superior a dos meses computados de forma continuada por una misma persona usuaria.
¿Cuál es la definición de vivienda de uso turístico?
- Se entiende por viviendas con fines turísticos aquellas ubicadas en inmuebles situados en suelo de
uso residencial, donde se vaya a ofrecer mediante precio el servicio de alojamiento en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de forma habitual y con fines turísticos. - Se presumirá que existe habitualidad y finalidad turística cuando la vivienda sea comercializada y promocionada en canales de oferta turística.
- Se considerarán canales de oferta turística, las agencias de viaje, las empresas que medien u
organicen servicios turísticos y los canales en los que se incluya la posibilidad de reserva del alojamiento (Airbnb, Booking, Homeaway, etc.)
¿Qué requisitos concretos debe tener mi vivienda para poder dedicarla a alquiler turístico?
Te sorprenderá saber que tienes la obligación, por ejemplo, de contar con hoja de reclamaciones, botiquín o información turística. Al fin y al cabo, estás prestando un servicio de alojamiento turístico, y eso incluye limpieza y lavandería.
Una gestión integral de tu apartamento turístico como la que hace MUN te evita tener que estar pendiente de todos estos aspectos, ya que nos encargamos de la limpieza y lavandería, recepción y comunicación con los huéspedes, pequeñas reparaciones y cualquier otra necesidad para prestar un servicio de calidad.
Puedes consultar el listado completo de requisitos en la página 6 (artículo 6) del decreto. Actualización: Las Viviendas Turísticas en Andalucía no tienen la obligación de disponer de elementos de refrigeración (aire acondicionado) por elementos fijos en las habitaciones y salones.
¿Pueden mis vecinos prohibir que mi vivienda sea una VFT?
Si en tu comunidad de vecinos no se ha votado específicamente sobre la prohibición de viviendas turísticas, nada te impide dedicarla a esta actividad.
La modificación introducida en la LPH (Ley de propiedad horizontal) permite la prohibición de nuevas viviendas de uso turístico si lo aprueban al menos las 3/5 partes de los propietarios que representen las 3/5 partes de los coeficientes de participación (regla de doble mayoría).
Así que una vez que presentes tu declaración responsable (ver más abajo cómo hacerlo) estás salvo de cualquier decisión que pueda tomarse posteriormente. Además, el punto de votación a favor o en contra de las VFT debe ir en la convocatoria de la junta. Es decir, si en la convocatoria no aparece exactamente “Votación a favor o en contra de las VFT” o similar, la votación que se pudiese producir se podría impugnar.
En cualquier caso, un buen entendimiento es crucial y muy deseable. Por eso debes asegurarte de mantener una buena convivencia con los vecinos. Algo fácilmente alcanzable con la ayuda de sonómetros o sensores de ruido como los que MUN instala por defecto en todas las viviendas que gestiona.
2. Alta de tu vivienda en Turismo de Andalucía y comunicación a cuerpos de seguridad (usuario de Webpol y Hospederías de Guardia Civil)
Una vez que tienes claro qué tipo de alojamiento tienes y que cumple con los requisitos necesarios, es hora de inscribirla en el Registro de Turismo de Andalucía. Es la manera que tiene la administración de garantizar que tu apartamento turístico es completamente legal y cuenta con todas las garantías. Sin tu número de registro no podrás anunciarte en ninguna plataforma y tu actividad será clasificada como no legal.
La declaración responsable
Se trata de un trámite muy simple. Para saber cómo realizar este trámite haz clic aquí. Para completarla necesitarás varios documentos, y para determinar el número de plazas pueden solicitarte el certificado técnico, aunque es un criterio no uniforme.
Los documentos que deberás aportar son:
- Copia de la licencia de ocupación o documento equivalente
- Título para la explotación de la vivienda, es decir, escritura de propiedad o contrato cesión de uso como vivienda con fin turístico.
- Copia del IBI u otro documento que acredite la referencia catastral.
Lo habitual es que ya exista tu licencia de ocupación, con lo que puedes simplemente solicitar una copia como puedes ver en la propia web de Urbanismo.
Pero, ¿qué ocurre si esta no existe? En Sevilla capital no existe la licencia de ocupación para viviendas previas a 1988. En ese caso necesitarás un certificado técnico que tendrás que solicitar al Ayuntamiento.
Si aún te quedan dudas, te recomendamos acceder a las sección de preguntas frecuentes sobre Viviendas de Uso Turístico.
Obtener usuario de webpol (e-hotel) u hospederías en Sevilla para registrar a tus huéspedes
Cualquier persona o empresa que ofrezca servicios de alojamiento turístico está obligada a comunicar los datos personales de sus huéspedes a las fuerzas de seguridad del estado. Deberás identificar a todos los huéspedes mayores de 16 años, realizar un libro-registro y enviar sus datos a las autoridades pertinentes.
Además, es necesario grabar los datos de los viajeros en las plataformas destinadas a tal efecto:
Policía: https://webpol.policia.es/e-hotel/
Guardia Civil: http://hospederias.guardiacivil.es
Para ello necesitas un usuario y una clave que puedes obtener solicitando cita previa en las dependencias de la Policía Nacional o Guardia Civil que correspondan al domicilio de tu vivienda vacacional y presentar:
- DNI, copia de la declaración responsable.
- Recibo del IBI.
Cuando contactes con ellos, no olvides preguntar directamente por la persona que gestiona Hospederías. De ese modo podrá agilizar el proceso.
Listado de comisarías de Policía Nacional en Sevilla para alta en webpol / e-hotel
Listado de puestos de Guardia Civil en Sevilla para alta en Hospederías
El alquiler vacacional es una actividad rentable, pero también es un servicio profesional que requiere tiempo, dedicación y atención. Empresas gestoras de apartamentos turísticos como MUN te permiten poner realmente tu propiedad ‘en piloto automático’ y ver crecer tus ingresos.
Nosotros nos encargamos de optimizar el rendimiento de tu vivienda vacacional en Sevilla ofreciendo siempre el mejor trato posible a tus huéspedes (somos Superhost desde hace cuatro años).
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